Preguntas y respuestas sobre La Ley de Inclusión Escolar

1.- ¿A partir del 2016 el establecimiento donde estudia mi hijo(a) será gratuito?
Los colegios sin fines de lucro en los cuales las familias pagan una mensualidad baja, serán gratuitos en 2016. Los otros dependerán del monto de la mensualidad La Ley establece un proceso gradual para que los colegios se conviertan en gratuitos.No obstante, cualquier colegio que cobre mensualidad a las familias, voluntariamente, puede decidir ser gratuito a partir del próximo año.
2.- ¿Mi Colegio Recibirá más recursos para mejorar la calidad de la educación de los niños y niñas?
Sí, el Estado entregará más recursos a todos los colegios que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley. Los 8 mil colegios que tienen subvención para alumnos vulnerables (SEP) van a recibir un 20% más por esos alumnos; si también son gratuitos, van a recibir nuevos recursos para sectores medios; y, si además son sin fines de lucro, van a recibir el «Aporte por Gratuidad». Un colegio científico humanista con jornada escolar completa podrá recibir por un estudiante que cursa 1°Medio aproximadamente S87.000 mensuales durante 2016. El mismo colegio, por un estudiante de familia en condición de vulnerabilidad, recibirá más de $100.000.
3.- ¿A partir del 2016 el colegio donde estudia mi hija será público?
La Ley de Inclusión Escolar no establece cambios en este sentido, ni convierte a todos los establecimientos en públicos. Tal como hoy, seguirán existiendo los colegios particulares subvencionados, los establecimientos administrados por municipalidades y los colegios Particulares  pagados. El gobierno garantizará la provisión mixta (estatal y privada) de la educación.
4.- ¿Me preocupa que el colegio se convierta en particular pagado ¿Esto puede currir? ¿Hasta cuándo tiene plazo el dueño para avisarme?
Es una decisión del sostenedor. Como el2016 los establecimientos van a seguir recibiendo los mismos recursos que el 2015, debidamente ajustados, no hay razón para que este año un sostenedor realice este cambio; a menos que decida seguir retirando utilidades para uso personal o seleccionando a quiénes ingresan al establecimiento. Que son las dos grandes prohibiciones que contempla la Ley. Este año, el plazo para normar el cambio vence el 31 de agosto. Con el objeto de evitar perjuicios a los estudiantes y sus familias, a contar del 1 de marzo de 2016 el sostenedor que opte por dejar de recibir la subvención del Estado deberá comunicar por escrito a Las familias, un año antes.
5.- En el caso que pase a particular pagado y yo no pueda pagar ¿Dónde estudiara mi Hijo o Hija?
Si el sostenedor toma la decisión de pasar a particular pagado y usted no tiene cómo pagar esa colegiatura, deberá acercarse a la Secretaria Regional Ministerial de Educación o Departamento Provincial de Educación para que le orienten respecto a qué establecimientos similares tiene como opciones para matricular a su hijo o hija. Ninguna niña o niño dejará de tener una buena escuela donde estudiar.
6.- ¿Cómo será el proceso de Matricula para el año 2016?
Para el año escolar 2016 los procesos de admisión serán los mismos en cada establecimiento. El nuevo sistema de admisión entrará en vigencia gradualmente en 2017 partiendo por una región y luego otras cuatro, antes de que se aplique en todo el país.
7.- ¿Podrán estar todos mis hijos en un mismo colegio?
Sí, la Ley privilegia que todos los hijos de una familia estudien en un mismo colegio, tanto para facilitar la rutina de los padres como para que las familias puedan educar a sus hijos e hijas bajo un proyecto educativo común.
8.- Mis hijos que ya están matriculados ¿Tendrán que postular al próximo año? ¿Podrían perder la matricula?
No, todos los que están estudiando en un establecimiento seguirán en él No hay pérdida de matrícula ni proceso de renovación para los estudiantes que ya están cursando sus estudios en un colegio.
9.- Mi hijo tiene necesidades educativas especiales ¿puede asistir a cualquier establecimiento?
La familia decidirá a cuál colegio postula a su hijo o hija conociendo el proyecto educativo. Es importante informarse si el colegio está adscrito a los programas que ponen a disposición recursos humanos y materiales adicionales para proporcionar apoyos y equiparar oportunidades de aprendizaje y participación.
10.- ¿los dueños de los colegios que ahora serán gratuitos, lo pierden todo? ¿Y su trabajo, Su inversión familiar?
No, los dueños de los colegios pueden recuperar las inversiones en infraestructura que han realizado y seguir liderando los establecimientos, solo deberán organizarse de otra forma y Convertirse en instituciones sin fines de lucro. Todos los que trabajan en el colegio podrán continuar haciéndolo.
11.- ¿Es verdad que todos los colegios pasaran al estado?
NO TODOS Los colegios seguirán siendo públicos, particulares subvencionados o particulares pagados. En los particulares subvencionados que deben transformarse en corporaciones, fundaciones o entidades sin fines de lucro, los sostenedores seguirán definiendo el proyecto educativo. El Estado solo regulará que den educación de calidad.
12.- ¿Por qué los sostenedores deben pasar a ser sin fines de lucro?
Para asegurar que el proyecto educativo y el colegio permanezcan en el tiempo y todos los recursos que reciban por parte del Estado se destinen y reinviertan exclusivamente en el establecimiento educacional.
13.- ¿Por qué no tengo derecho a pagar por la educación de mi hijo?
Porque la educación es un derecho y corno tal debe ser de calidad para todas y todos los estudiantes, independiente de la condición socioeconómica que tenga cada familia. Además, como los aportes de los padres, madres y apoderados serán reemplazados progresivamente por fondos públicos, las familias podrán destinar esos recursos a otras actividades formativas de sus hijos o a la propia mantención del hogar. Igualmente, podrán realizar aportes voluntarios al establecimiento, siempre que eso no condicione el ingreso ni la permanencia en el colegio, sólo con el objeto de financiar actividades extracurriculares que contribuyan a la calidad de lo que se hace en el colegio.
14.- ¿Por qué mi hijo tiene que compartir con otros niños si yo no lo quiero?
El Ministerio de Educación y el Gobierno de Chile buscan que la educación sea un espacio de calidad, oportunidad y seguridad, por ende, un espacio inclusivo, en donde las niñas y niños puedan convivir con otros, de diferentes realidades. Lo importante es que se garantice la calidad de la educación y la igualdad de oportunidades, independiente del origen, historia o condición social de la familia y del estudiante.
15.- ¿Los profesores seguirán ganando lo mismo? ¿Hay algún cambio para ellos?
La Ley de Inclusión Escolar establece nuevos recursos que pueden ser utilizados por el administrador del colegio para mejorar las condiciones laborales de sus profesores y asistentes de la educación. Además, se tramita en el Congreso el proyecto de Ley de Desarrollo Profesional Docente que, junto con incrementar las remuneraciones de los profesores, se preocupa de la calidad de la educación porque establece criterios, exigencias y aportes para tener mejores desempeños de los profesores.
16.- ¿A partir del 2016 no podrán expulsar a un alumno arbitrariamente?
Cuando ocurran hechos que afecten gravemente la convivencia escolar, los colegios aplicarán las medidas disciplinarias de expulsión o cancelación de matrícula, conforme a sus reglamentos internos.
17.- ¿Y qué pasa con la calidad?
La Ley de Inclusión Escolar busca que todos estemos concentrados en la calidad de la educación. Para ello entrega más recursos a los establecimientos y fija la educación como único objetivo de todos los sostenedores. La educación será un derecho garantizado, con igualdad de oportunidades y transparencia, con proyectos educativos que permanecerán en el tiempo y con sostenedores dedicados a mejorar la calidad de la enseñanza.